La Ley No 19.632 de 22 de junio de
2018, amplió el régimen de facilidades
para el pago de deudas con el Banco de
Previsión Social (incluyendo FONASA),
permitiendo de esa manera financiar los
aportes impagos patronales y los de sus
trabajadores por deudas generadas
entre el 1° de mayo d e2006 y el 30 de
abril de 2018, para todos los tributos e
impuestos que recauda el BPS.
Las formas de financiación son las
siguientes:
(i) Aportes personales: dependiendo del
número de meses adeudados, las los espacios publicitarios hubiesen sido
directamente adquiridos al canal de
cable del exterior, y no a su
representante en Uruguay. En dicho
caso, la reventa de espacios
publicitarios hubiese sido considerada
realizada en el exterior, y por tanto
exonerada de IVA. obligaciones originales podrán
cancelarse hasta en 36 cuotas en
pesos.
(ii) Las multas y recargos se sustituirán
por el porcentaje correspondiente a la
máxima rentabilidad de las AFAP más
un 2% de interés anual y podrán
pagarse hasta en 72 cuotas en UR.
(iii) Aportes patronales y aportes totales
de los no dependientes: según la
cantidad de meses adeudados, podrán
abonarse hasta en 72 cuotas en UR, con
igual actualización que los aportes
personales.