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Newsletter Contencioso – Una Verdad a Medias, ¿Es una Mentira? La Reticencia en el Contrato de Seguros (29 Mayo 2023)

¿Cuán transparente debo ser a la hora de reportar un siniestro al asegurador? Si es cierto que el Derecho se mueve en el mundo de los matices, el lector comprenderá que no es posible una respuesta lisa y llana ni en blanco sobre negro. Si algo está claro en el estado actual de nuestro Derecho, es que las fronteras entre la reticencia, la falta de transparencia y la mala fe suelen ser vidriosas.

Vayamos a los hechos. En medio de una lluvia torrencial, el 7 de enero de 2019 ocurrió el siniestro denunciado. El vehículo asegurado había quedado atascado en medio de un enorme charco de agua al intentar cruzar un puente desbordado por las intensas lluvias. Ese mismo día se denunció telefónicamente el siniestro, indicándose que el vehículo era conducido por una cierta persona -pongamos «Héctor»- y que viajaba solo. Al día siguiente, el hijo de Héctor, digamos «Joselo», llamó a la aseguradora para rectificar la denuncia (primero se habló de ampliarla) y decir que manejaba él, pero que el auto estaba a nombre de su padre; también se consignó que en el asiento trasero viajaba un acompañante. Cuando le manifestaron a Joselo que le iban a ir a tomar la denuncia en persona, Héctor entró en pánico y terminó reconociendo que hacía cuatro años que él no podía manejar.

En ese marco la aseguradora optó por declinar la cobertura del siniestro, invocando la exclusión de la póliza por pasar corrientes de aguas riesgosas o circular por caminos intransitables; e invocando también la reticencia a la hora de brindar información. 

La Justicia no hizo lugar al reclamo del asegurado y avaló la postura de la aseguradora. El Tribunal Civil actuante concluyó que en verdad era Héctor y no Joselo quien conducía el vehículo. Y sobre todo, tuvo por probado que el conductor había intentado cruzar por una zona riesgosa (debido a la acumulación de agua), configurando una hipótesis de agravamiento del riesgo: es decir, una conducta del asegurado que tornó más gravosa la situación para el asegurador al aumentar las posibilidades de ocurrencia del siniestro. En opinión del Tribunal, el siniestro fue consecuencia de la conducta no diligente del conductor del vehículo al intentar pasar por una zona anegada. Motivos todos ellos por los cuales se imponía el rechazo de la demanda.

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 La presente comunicación tiene carácter puramente informativo. No puede ni debe ser entendida como un consejo legal de esta firma. Bergstein cuenta con un equipo de especialistas que puede ser contactado para asistirlo en esta materia.

Por cualquier consulta en relación al presente material, sírvase dirigir al Dr. Ignacio Torres Negreira (itorresnegreira@bergsteinlaw.com) y/o al Dr. Domingo Pereira (dpereira@bergsteinlaw.com)