Es
frecuente circular por la ciudad y ver personas que sobre sus espaldas
cargan pesados bultos. A veces se trata de informales, otras veces pueden ser
dependientes que cumplen con los encargos de sus patrones. Cualquiera sea el
caso, el cuerpo humano no perdona y tarde o temprano la columna vertebral pasa su factura. Precisamente para paliar esa situación, el pasado 18 de
diciembre el Parlamento sancionó la denominada Ley de Cargas Manuales (la
«Ley»).
La Ley establece que ningún bolso o envase puede tener un peso superior a los
25 kilogramos. En función de este umbral, la Ley prohíbe exigir a un
dependiente la manipulación manual de bolsas o envases cuyo peso
supere el indicado, salvo que se disponga de medios mecánicos para su
manipulación.
Entre otros, la Ley exige al empleador proveer a sus empleados de
formación e información sobre la manipulación de cargas y los riesgos que
ella conlleva. También impone a aquél adoptar las medidas
técnicas y organizativas necesarias para evitar riesgos para la salud de
los funcionarios.
La infracción a las disposiciones de la Ley se sanciona con medidas cuya
graduación será fijada según las pautas que establezca la reglamentación del
Poder Ejecutivo; las sanciones podrían llegar incluso a la clausura del
establecimiento.
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La
presente comunicación se realiza a mero título informativo y no debe ser
entendida como un consejo legal de esta firma. Por cualquier consulta
adicional no vacile en contactar a Mariana Pisón (mpison@bergsteinlaw.com).