Todos los contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado (IVA), incluidas los profesionales independientes y las pequeñas empresas que pagan el denominado “IVA mínimo”, tendrán tiempo hasta el 31 de diciembre de 2024 para comenzar a facturar electrónicamente.
Así surge de la Resolución N° 2548/2023 de la DGI (la “Resolución”).
La Resolución deja sin efecto una anterior resolución de la DGI (la N° 2389/2023) que había dispuesto que dicho plazo vencería el 1° de mayo de 2024 (con excepción de quienes prestaran servicios personales fuera de relación de dependencia, para quienes la DGI había dispuesto –como fecha límite– el 1° de enero de 2024).
Ahora, todos los contribuyentes de IVA dispondrán de un “tiempo extra” para cumplir con el nuevo requerimiento.
Estarán exceptuados del mismo: