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Reporte TRIBUTARIO N°64

Centros de servicios compartidos: Gobierno extiende beneficios fiscales

Dichas empresas podrán beneficiarse de dicha extensión por cinco (5) años más, pero ello bajo la condición de cumplir con ciertas metas. 

El Decreto N° 251/2014 (del 1° de setiembre de 2024) había dispuesto una serie de beneficios fiscales en favor de los denominados “centros de servicios compartidos”.

Recientemente, el Poder Ejecutivo –mediante Decreto N° 257/2024 (el “Decreto”)– estableció que aquellos centros de servicios compartidos que tuviesen –con fecha 31 de julio de 2024– un proyecto de inversión en marcha al amparo de la Ley de Promoción de Inversiones, podrán extender las exoneraciones de IRAE e IPAT por cinco (5) años más.

Ello sujeto a la condición de que generen, como mínimo, 120 nuevos puestos de trabajo calificado directo.

A efectos de ampararse en la prórroga de estos beneficios, las empresas interesadas deberán presentar –ante el Ministerio de Economía y Finanzas– el compromiso de cumplir con dicha condición.

Para determinar su cumplimiento, deberá considerarse el promedio de puestos de trabajo calificado directo existentes durante los doce (12) meses previos a la presentación de dicho compromiso.

Además, el Decreto también amplió el concepto de “centros de servicios compartidos”. Pues podrán incluirse aquellas entidades pertenecientes a grupos de empresas, cuya actividad consista en la prestación de los siguientes servicios (antes no incluidos):

(i) Mantenimiento de plataformas, herramientas y aplicaciones informáticas.

(ii) Seguridad en tecnologías de la información.

(iii) Administración de redes informáticas, diseño e implementación de servicios de conectividad tanto interna como externa.

(iv) Servicios de desarrollo de soportes lógicos, siempre que los mismos sean exclusivamente para utilización de las entidades del grupo multinacional.

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