Es sabido que todos los años los contribuyentes de IRPF están obligados a presentar declaración jurada en DGI. De hecho, algunos contribuyentes ya comenzaron a hacerlo este año, con el fin de reportar los ingresos recibidos en 2023.
El plazo para presentar la declaración jurada vence el 29 de agosto. Y en caso de que haya un saldo pendiente de pago, los contribuyentes podrán efectuar el pago del saldo en 5 cuotas, según el siguiente cuadro de vencimientos:
1ª cuota | 30 de agosto |
2ª cuota | 30 de setiembre |
3ª cuota | 30 de octubre |
4ª cuota | 29 de noviembre |
5ª cuota | 26 de diciembre |