Reporte TRIBUTARIO N°71
El Informe País por País en Uruguay
Las empresas multinacionales instaladas en Uruguay, que cierran su ejercicio fiscal el 31 de diciembre de 2025, tienen plazo hasta dicha fecha para presentar –ante la DGI– información sobre todas sus sucursales y otras entidades vinculadas alrededor del mundo (correspondiente al año 2024).
Dicha información debe incluirse en el denominado “Informe País por País” (el “Informe”). La obligación de presentar dicho Informe está limitada a aquellas empresas multinacionales que generen ingresos anuales –a nivel global– superiores a los EUR 750.000.000.
Cuando sus ingresos superan dicho guarismo, las empresas multinacionales deben presentar (en Uruguay) el Informe País por País, siempre y cuando dicho Informe no haya sido presentado en alguna otra jurisdicción con la que Uruguay mantenga en vigor un acuerdo de intercambio de información.
Para la eventualidad de que el Informe correspondiente al ejercicio 2025 vaya a ser presentado en otra jurisdicción con la que Uruguay intercambia información, las empresas multinacionales deben presentar (también antes del 31 de diciembre de 2025) una declaración jurada –ante DGI– a efectos de identificar: (a) la entidad encargada de presentar el Informe, (b) la entidad controlante del grupo multinacional, y (c) las demás entidades del mismo grupo radicadas en Uruguay (en la medida que las hubiese).