Reporte TRIBUTARIO N°63
Empresas pesqueras: nuevo beneficio ante BPS
El Poder Ejecutivo aprobó, con fecha 28 de agosto de 2024, un decreto (el N° 231/2024) que establece un régimen transitorio para la aportación patronal jubilatoria y la contribución especial por servicios bonificados.
Dicho régimen aplica exclusivamente respecto de los trabajadores que desempeñen tareas a bordo de buques/embarcaciones cuyas especies objetivo sean la corvina, la pescadilla y otras especies pertenecientes al mismo ecosistema.
Como consecuencia, desde el pasado mes de junio (de 2024) y hasta el 30 de abril de 2025, los aportes/contribuciones serán calculados sobre montos fictos expresados en unidades reajustables. Sigue a continuación, el detalle de dichos montos:
Categorías de trabajadores | Fictos en Unidades Reajustables |
Capitán Jefe de Máquina | 90 |
1º Oficial, 1º Maquinista, 1º Patrón | 75 |
2º Oficial, 2º Maquinista, 2º Patrón, Comisario, Telegrafista | 65 |
3º Oficial, 3º Maquinista, 3º Patrón, 1º Electricista, Frigorista | 50 |
4º Oficial, 2º Electricista, 4º Maquinista | 30 |
Cocinero, Engrasador, Marinero, Limpiador, Ayudante de Cocina, Contramaestre 1º y 2º, Mecánico | 30 |