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Reporte TRIBUTARIO N°68

Liquidación de IRAE sobre base ficta por empresa de asesoría contable y tributaria

La Dirección General Impositiva (DGI) analizó el régimen aplicable a dicha empresa en respuesta a la Consulta N° 6.580.

La empresa consultante (la “Empresa”), además de poseer como giro principal el de asesoría contable y tributaria, también cuenta con los giros secundarios de corretaje de seguros y administración de propiedades.

La Empresa (una sociedad de responsabilidad limitada) realiza su actividad a través de un socio no-profesional (con el apoyo de personal dependiente).

La misma Empresa entendía que podría liquidar el Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE), aplicando los porcentajes (de determinación ficta de renta) previstos para quienes combinan capital y trabajo, a saber:

Más de

Hasta

%

UI 0

UI 1.000.000

12%

UI 1.000.000

UI 2.000.000

14%

UI 2.000.000

UI 3.000.000

48%

UI 3.000.000

En adelante

60%

 

La DGI, sin embargo, no estuvo de acuerdo. En su opinión, la Empresa tendría que aplicar los siguientes porcentajes (esto es: los previstos para quienes obtienen rentas puras de trabajo:

Más de

Hasta

Porcentaje

UI 0

Ul 2.000.000

48%

Ul 2.000.000

Ul 3.000.000

60%

Ul 3.000.000

En adelante

72%

 

Ello pues, como explica la DGI, “en cuanto al factor capital empleado para desarrollar la actividad de asesoría, se entiende que el mismo no está activamente dirigido a la obtención de la renta, sino a facilitar la actividad personal. En consecuencia, la actividad de asesoramiento contable y tributario descripta, no es considerada actividad empresarial…

Por otra parte, con relación a las rentas obtenidas por su actividad secundaria de corredor de seguros y de administrador de inmuebles (actuando en calidad de mandatario), son consideradas rentas puras de trabajo, conforme al último inciso del artículo 50 del Decreto Nº 148/007… En definitiva la totalidad de las rentas originadas en las actividades consultadas son consideradas rentas puras de trabajo.”

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