Así surge del Decreto N° 85/025 (el “Decreto”), del 25 de marzo de 2025. Dicho Decreto prorroga en el tiempo los beneficios tributarios que dispone el Decreto N° 238/020 en favor de las empresas que realizan actividades de construcción y urbanización correspondientes a dichos proyectos.
Estaba previsto que solamente pudieran ampararse en el referido régimen, los proyectos de inversión presentados antes del 1° de enero de 2025. Ahora, por aplicación del nuevo Decreto, habrá tiempo hasta el 1° de enero de 2026.
Como resultado de ello, las empresas también tendrán más tiempo para ejecutar las inversiones, pudiendo realizarlas hasta el 30 de setiembre de 2028.