Reporte TRIBUTARIO N°74
Uruguay crea un nuevo beneficio fiscal para impulsar la producción audiovisual
A través del Decreto N° 153/026, se introdujo un nuevo incentivo fiscal dirigido a fortalecer la industria audiovisual y mejorar la competitividad de Uruguay como destino de producciones internacionales. La medida complementa las herramientas existentes y procura promover mayores niveles de inversión, empleo calificado, desarrollo de proveedores locales y semanas de rodaje en el país.
En qué consiste el beneficio y cómo opera
El beneficio consiste en un crédito fiscal equivalente al 30% de los gastos admitidos y efectivamente realizados en Uruguay en proyectos promovidos. Podrán acceder los contribuyentes de IRAE con ingresos gravados y las cooperativas que desarrollen producciones, coproducciones o postproducciones de proyectos audiovisuales internacionales, así como largometrajes nacionales. El régimen exige un gasto elegible mínimo de UI 1.200.000. El beneficio se instrumentará mediante certificados de crédito con una vigencia de 36 meses, que podrán utilizarse para cancelar obligaciones tributarias propias y, previa autorización de la DGI, cederse a bancos, entes públicos y empresas aseguradoras.
Proyectos comprendidos
El elenco de proyectos comprendidos es amplio e incluye largometrajes, cortometrajes, series, formatos televisivos, videoclips, publicidad y contenidos desarrollados para plataformas digitales, redes sociales, webseries, podcasts audiovisuales y experiencias inmersivas o interactivas.
Gastos que quedan comprendidos en el beneficio
La variedad de gastos elegibles es extensa; comprende, por ejemplo: servicios artísticos y técnicos, honorarios de equipos nacionales, rodaje, animación, efectos visuales y postproducción, locaciones, transporte, alimentación, vestuario, escenografía, adquisición de derechos de autores uruguayos, doblaje, subtitulado, accesibilidad y prácticas de sostenibilidad.
Cómo se accede al beneficio
El beneficio no es automático, sino que requiere de una postulación ante la Agencia del Cine y el Audiovisual del Uruguay (“la Agencia”), con intervención también de la COMAP. Los proyectos serán evaluados, entre otros factores, por la generación de empleo y proveedores, el monto de inversión, la descentralización territorial, la sostenibilidad, la viabilidad del proyecto, la participación de talentos uruguayos y su contribución a la promoción internacional del país. En función de la evaluación y un dictamen que habrá de emitir un comité especial, el Consejo Directivo de la Agencia será quien dicte la resolución aprobando o rechazando la solicitud del beneficio. El otorgamiento estará sujeto a la posterior rendición y auditoría de los gastos, y no podrá acumularse con el beneficio de Cash Rebate para un mismo proyecto.
En términos prácticos, el nuevo régimen amplía las alternativas de financiamiento e incentivo disponibles, aunque su utilización efectiva dependerá de las bases, procedimientos y plazos que establezcan las autoridades competentes.