A partir del 1° de enero de 2023 comenzará a regir la obligación de todo empleador -con excepción del servicio doméstico- a constituir domicilio electrónico (“el Domicilio”) ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (“MTSS”).
El incumplimiento de esta obligación será sancionado por el MTSS con multas económicas, a ser incrementadas en casos de reincidencia.
Constituido el domicilio, será necesario consultar la casilla electrónica de manera regular: en adelante todas las notificaciones y comunicaciones -incluyendo las citaciones a audiencias de conciliación laboral- por parte del MTSS serán realizadas de forma digital al Domicilio. La implementación general del sistema será gradual; motivo por el cual es factible que, aun luego de constituido el Domicilio, se reciban notificaciones en formato papel durante un tiempo.
Quedamos a disposición para asistirlos con este trámite.
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La presente comunicación tiene carácter puramente informativo. No puede ni debe ser entendida como un consejo legal de esta firma. Bergstein cuenta con un equipo de especialistas que puede ser contactado para asistirlo en esta materia. Por cualquier consulta en relación al presente material, sírvase dirigir a la Dra. Mariana Pisón (mpison@bergsteinlaw.com) y/o al Dr. Rodrigo Felló (rfello@bergsteinlaw.com)