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¡No Hay Dónde Estacionar! – Beneficios Fiscales Para la Construcción de Estacionamientos

Días pasados el Poder Ejecutivo aprobó un Decreto que resolvió el otorgamiento de beneficios fiscales para la construcción de estacionamientos en la ciudad de Montevideo (“el Decreto”).

El Decreto declara promovida al amparo de la Ley de Promoción de Inversiones la actividad de construcción, ampliación y explotación de estacionamientos en determinadas zonas de Montevideo. Las zonas consideradas “prioritarias” incluyen la rambla de Cordón, Centro, Ciudad Vieja y otras. La actividad de construcción y ampliación gozará de los beneficios tributarios (o será idónea para recibirlos) en la medida en que suponga un incremento de al menos 50 plazas vehiculares. Las inversiones consideradas son las realizadas desde la entrada en vigencia del Decreto hasta el 1 Enero 2020.

Entre otros, se exonera del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) hasta un 20% de la inversión realizada (porcentaje que se incrementa en función de determinadas variables). También se exonera del Impuesto al Patrimonio (IP) a los bienes muebles afectados a la actividad promovida (durante toda la vida útil) y en el caso de bienes inmuebles, y durante ocho años en el caso de las obras civiles. Se otorga un crédito por el IVA incluido en las adquisiciones de equipos, maquinas, materiales y servicios destinados a realizar la inversión.
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La presente comunicación tiene carácter puramente informativo. No puede ni debe ser entendida como un consejo legal de esta firma.

Si necesitare cualquier información adicional, no vacile en contactar a la Cra. Verónica Dos Santos (vdossantos@bergsteinlaw.com) y/o al Cr. Sebastián Guido (sguido@bergsteinlaw.com).