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Beneficios tributarios para comercios de la frontera

Mediante la Ley N° 19.993 (del 15 de octubre de 2021), el Parlamento
uruguayo decidió otorgar ciertas exoneraciones en favor de aquellos comercios
localizados en las cercanías de la frontera con Brasil.

Dichas exoneraciones están reservadas exclusivamente para los supermercados
y almacenes cuyos locales principales están ubicados a una distancia no
superior a sesenta (60) kilómetros desde la frontera.

Los beneficios incluyen:

(i) Exoneración de Monotributo.

(ii) Exoneración de IVA Mínimo.

(iii) Exoneración de los aportes patronales jubilatorios correspondientes a
los titulares/socios del comercio y a los trabajadores dependientes de su local
principal.

(iv) Exoneración de anticipos de IRAE y de Impuesto al Patrimonio.

Las dos (2) últimas exoneraciones –indicadas en los numerales (iii) y
(iv)– están condicionadas a que los ingresos brutos del comercio no hayan
superado en el último ejercicio los UI 4.000.000 (aproximadamente, USD
465.000).

Los beneficios regirán por un período de doce (12) meses contados a partir
de la fecha que indique el Gobierno.