El Gobierno agregó una nueva
excepción a la limitación de deducción de gastos.
Según el Decreto Nº 38/2020, los
aportes irrevocables realizados a fideicomisos de administración cuyo objeto exclusivo
sea el de financiar (de manera gratuita y no reintegrable) la ejecución de
obras públicas en el marco de acuerdos celebrados con el Estado, serán 100%
deducibles a los efectos del IRAE.