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DGI reglamenta exoneraciones a la producción de software

Días
pasados la Dirección General Impositiva (DGI) dictó la Resolución Nº 10403/2018
(en adelante, “la Resolución”), en la que reglamenta los términos y condiciones
en los que se aplicará la exoneración del Impuesto a la Renta de las
Actividades Económicas (IRAE) para las rentas derivadas de la actividad de
producción de soportes lógicos (software) y de los servicios vinculados a los
mismos.

En
nuestro Reporte Tributario Contable Nº  4 (Agosto
de 2018) informamos sobre el nuevo régimen exoneratorio introducido por el
artículo 247 de la Ley Nº 19.535 y la Ley Nº 19.637, reglamentada por el
Decreto Nº 244/018, a las rentas provenientes de las actividades mencionadas.

Como
recordarán quienes hayan leído el Reporte –si no lo hicieron pueden acceder al
mismo haciendo click aquí