Es sabido que la expedición del conocido carné de salud es necesario para una diversidad de actividades y servicios. De hecho, con el tiempo se transformó en una fuente de ingresos permanente para los laboratorios de análisis clínico. Sin embargo, es posible que en el futuro esa fuente de ingresos comience a mermar.
A partir del 9 de diciembre de este año, todas las mutualistas incluidas en el sistema nacional integrado de salud, deberán expedir sin costo, la denominada constancia de control en salud (“la Constancia”), que sustituye al carné de salud.
Para obtener la referida Constancia el interesado deberá someterse a determinados exámenes médicos, tales como: (i) orina, (ii) control de la presión arterial, (iii) sangre, (iv) control odontológico etc. Dependiendo del resultado de estos, el médico actuante determinará la aptitud física de la persona para realizar o no la actividad laboral o deportiva correspondiente.
La Constancia tendrá una vigencia que no podrá exceder los dos años. Los profesionales actuantes serán responsables frente al Ministerio de Salud Pública respecto a la veracidad de la información incluida en ella. En caso de incumplimiento, las mutualistas serán sancionadas con multas e incluso con la posible clausura del establecimiento.