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Gobierno aprueba exoneración de IVA e IMESI con la finalidad de eliminar/mitigar impactos ambientales negativos

Las empresas que giren en el rubro industrial o
agropecuario podrán beneficiarse de dicha exoneración en el supuesto caso de
que importen o adquieran –en plaza– máquinas e instalaciones utilizadas para
la gestión de emisiones sólidas, líquidas o gaseosas.

Dichos bienes estarán ahora comprendidos en la
denominada “Ley de Promoción de Inversiones” (Nº 16.906). Antes solamente
podían ampararse en dicho beneficio los bienes muebles directamente destinados
al ciclo productivo.

En consecuencia, la importación de dichas
máquinas e instalaciones con “tecnologías limpias”, estará exonerada de IVA e
IMESI. Asimismo, la compra de dichos bienes en Uruguay generará el derecho a solicitar
la devolución del IVA incluido en dicha compra.

Para obtener la exoneración de IVA e IMESI en
la importación, las empresas interesadas deberán gestionar: (i) una constancia que
expedirá el Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM), de la que
surgirá la actividad que desarrolla la empresa y acreditará que los bienes
importados son normalmente utilizados en dicha actividad, y (ii) un certificado
que expedirá la Dirección General Impositiva (DGI).

Para obtener la devolución del IVA
correspondiente a las compras realizadas en Uruguay, las empresas  deberán gestionar la misma constancia del MIEM,
y solicitar la devolución del impuesto haciendo el mismo trámite que los
exportadores.