La Resolución de la DGI No 3139/2018
prorrogó hasta el 28 de agosto de 2018
los plazos para que las entidades no
residentes radicadas en jurisdicciones
de baja o nula tributación, que actúen
como agente de retención del IRPF a los
rendimientos de capital mobiliario del
exterior, presenten las declaraciones
juradas y paguen el referido impuesto.