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Las Zonas Francas en Uruguay: El Poder Ejecutivo Reglamenta la Nueva Ley

El pasado 8 de marzo entró en vigor la Nueva Ley de Zonas Francas (en adelante, la “Nueva Ley”). Días atrás, el Poder Ejecutivo aprobó el decreto que reglamenta dicha Nueva Ley (en adelante, el “Decreto”).

Mientras que las empresas que pretendan instalarse en zona franca deberán cumplir con mayores exigencias, las que están hoy en día instaladas tampoco parecen escaparse a algunas de ellas.

Por ejemplo, estas últimas estarán obligadas a presentarse antes del 5 de octubre de 2019 ante el Ministerio de Economía y Finanzas (en adelante, el “MEF”) a efectos de acreditar su viabilidad económica-financiera, y demostrar su contribución con el cumplimiento de los objetivos planteados por el régimen de zonas francas. Según surge del Decreto, entre otros datos deberán informar la cantidad de empleados que actualmente tienen, los ingresos por ventas generados en los últimos cinco (5) años, y también las inversiones en activos fijos realizadas en los últimos cinco (5) años.

Pero no todas son malas noticias. Las empresas instaladas en zona franca tendrán posibilidad de comenzar a prestar servicios en favor de compañías instaladas en el resto del territorio uruguayo (hasta ahora tenían prohibido hacerlo). Pero para ello deberán presentar (también antes del 5 de octubre de 2019) un nuevo proyecto de inversión ante el MEF.

Para mayor información sobre los aspectos más destacados del Decreto, favor acceder a un informe elaborado por los Dres. Analía Fernández, Guzmán Ramírez y Domingo Pereira (integrantes de los Departamentos Tributario y Corporativo de nuestra Firma), que luce en adjunto.