Proyecto de Ley de Transparencia Fiscal – Entrega V
Hemos dicho que el proyecto de ley que venimos comentando desde el presente Newsletter (el “Proyecto de Ley”), busca –también– desestimular el uso de vehículos societarios instalados en países o jurisdicciones de nula o baja tributación (“Sociedades Offshore”). En esa línea, propone incrementar la carga tributaria sobre la venta de acciones de compañías uruguayas (por parte de Sociedades Offshore) y gravar con impuesto la venta de acciones de Sociedades Offshore, tal como sigue:
(i) Aumento del Impuesto a la Renta de los No Residentes (IRNR) en la venta de acciones de compañías uruguayas
Al día de hoy, las Sociedades Offshore pagan IRNR –por la venta de acciones de compañías uruguayas– a una alícuota del 2,4% sobre el precio de venta.
Una vez que el Proyecto de Ley sea aprobado por el Parlamento, el IRNR que pagan las Sociedades Offshore por la venta de dichas acciones, aumentará al 7,5% (sobre el mismo precio de venta).
(ii) La venta de acciones de Sociedades Offshore pasará a estar gravada en Uruguay
Hasta ahora, solamente estaba gravada en Uruguay, la venta de acciones de compañías uruguayas.
Una vez aprobado el Proyecto, también pasará a estar gravada en Uruguay la venta de acciones de Sociedades Offshore, cuando más del 50% de los activos de la Sociedad Offshore estén situados en Uruguay (ejemplo: una Sociedad Offshore cuyo único activo es un inmueble en Uruguay).
Si el vendedor de las acciones es un contribuyente de Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE), deberá pagar un 25% sobre la diferencia entre el precio de venta y el precio de compra. Si el vendedor de las acciones es un contribuyente de IRPF o de IRNR, deberá pagar un 2,4% sobre el precio de venta (salvo que el vendedor sea una Sociedad Offshore, en cuyo caso deberá pagar un 7,5% sobre el mismo precio de venta).
______________________
La presente comunicación tiene carácter puramente informativo. No puede ni debe ser entendida como un consejo legal de esta firma.
Si necesitare cualquier información adicional, no vacile en contactar a Guzmán Ramírez (gramirez@bergsteinlaw.com) y/o al Cr. Sebastián Guido (sguido@bergsteinlaw.com).