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Mucho Ruido y Pocas Nueces: La Apelación en el Juicio Laboral

No basta con interponer un recurso de apelación para que éste se tenga por eficazmente interpuesto: el apelante debe fundar sus argumentos (contra la sentencia apelada) para que su escrito pueda ser considerado como un recurso de apelación y en su virtud el tribunal actuante pueda revisar la sentencia de primera instancia. Así lo estableció con meridiana claridad un reciente fallo de un Tribunal de Apelaciones del Trabajo (“el Tribunal”).

El caso es bien simple. El empleador -perdidoso en primera instancia- había interpuesto recurso de apelación contra la sentencia que lo condenaba a pagar aguinaldo, salario vacacional y licencia. En lo esencial había alegado haber abonado los rubros reclamados -según constaba en las planillas aportadas (sin firma del trabajador)-, limitándose en lo demás a reiterar sus alegaciones de primera instancia.

El Tribunal sostuvo que el apelante no dedujo una verdadera apelación mediante escrito fundado -tal como exige la ley-. En opinión del Tribunal, el apelante no tomó en cuenta los argumentos de la sentencia de primera instancia, sentencia ésta que el apelante ni siquiera intentó refutar o criticar de forma razonada. Precisamente, dado que el recurso presentado no se pronunció respecto de las consideraciones vertidas en la sentencia de primera instancia, el Tribunal concluyó que en rigor el apelante no había articulado sus agravios y en su mérito rechazó el recurso interpuesto por el empleador.

En suma: el camino del menor esfuerzo no corre. No basta con la remisión a lo expresado en etapas anteriores del litigio, ni con la reiteración de argumentos ya expuestos en instancias previas: es necesario explicitar las razones que fundan el ataque a la sentencia apelada para que la apelación se tenga por tal.