A
esta altura, es bien sabido por todos que la protección del medio ambiente es
uno de los principales desafíos de la humanidad. Lo que antes parecía una
discusión teórica, hoy es una realidad tan perentoria como preocupante.
Nuestra Administración no ha sido indiferente a estos temas. De hecho ha
impulsado una serie de acciones y lineamientos políticos tendientes a la
prevención, precaución, responsabilidad y sostenibilidad del medio
ambiente. Algunos de ellos han sido recogidos en la última Ley de Presupuesto
que venimos comentando desde este Newsletter.
En esa línea, la ley que nos ocupa ha establecido la responsabilidad
solidaria (civil y administrativa) de los propietarios y arrendatarios
(entre otros) de bienes inmuebles afectados a actividades, construcciones u
obras que requieran de un estudio de impacto ambiental. Vale decir, esos
propietarios o arrendatarios van a pasar a responder por las omisiones
relativas al mencionado estudio (aun cuando ellos no sean los titulares del
proyecto, sino tan sólo los titulares arrendatarios o poseedores del inmueble
donde el proyecto se asienta).
De esta manera, la ley amplía el elenco de responsables ante infracciones
contra la normativa ambiental, en una iniciativa que, al menos, está llamada a
reforzar la concientización de un tema que es de todos.
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La
presente comunicación se realiza a mero título informativo y no debe ser
entendida como un consejo legal de esta firma. Por cualquier consulta
adicional no vacile en contactar a Juan Ignacio Torres Negreira (itorresnegreira@bergsteinlaw.com) y/o Domingo
Pereira (dpereira@bergsteinlaw.com).