Se
aproxima el mes de Julio y con éste una época habitual para salir de
vacaciones. Anticipándose a esa coyuntura, y ante los desafíos que plantea la
variante Delta,
el Poder Ejecutivo acaba de dar a conocer un nuevo decreto relativo a
las exigencias sanitarias para ingresar al país (el «Decreto»).
El Decreto aplica a quienes: (i) acrediten haber cursado la enfermedad en
los últimos tres (3) meses; o bien (ii) habiendo recibido la doble dosis
de vacunas contra el COVID, hayan alcanzado su inmunidad efectiva por
haber transcurrido el lapso posterior necesario (dentro los últimos seis
(6) meses).
Hasta ahora, tras ingresar al país esas personas no estaban obligadas
a cuarentena ni PCR posterior alguno.
Con el Decreto, las personas arriba indicadas que ingresaren al Uruguay no más
allá del 31 de Julio de 2021, deberán: (i) realizarse un test
PCR a los siete (7) días del último hisopado (que la persona se hubiera
realizado en el país de procedencia, previo a su embarque con destino al Uruguay);
o en su defecto (ii) guardar cuarentena durante catorce (14) días contados
desde el ingreso a Uruguay.
Sin perjuicio del Decreto, las fronteras del país se mantienen
parcialmente cerradas: el ingreso de extranjeros no residentes sólo puede tener
lugar mediante previa autorización expedida caso a caso.
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La presente comunicación tiene carácter puramente informativo. No puede
ni debe ser entendida como un consejo legal de esta firma. Si necesitare
cualquier información adicional, no vacile en contactar a Maite Urrecheaga (murrecheaga@bergsteinlaw.com) y/o Mariana Pisón (mpison@bergsteinlaw.com).