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No por Madrugar Se Amanece más Temprano

Es sabido que una decisión apresurada puede frustrar un reclamo legítimo ante la Justicia.

Recientemente un fallo del Tribunal de Apelaciones en lo Civil confirmó lo antedicho. Un accionista enemistado con el directorio de la sociedad, resolvió promover un juicio contra los directores de ésta última. Alegó que, atento al vaciamiento de la sociedad y la mala gestión de sus directores, la sociedad sufrió daños que debían ser resarcidos por aquellos.

Releva el Tribunal que la acción fue iniciada en representación de los intereses sociales, y en ese sentido señaló que el accionista debe — para iniciar una acción social — antes agotar la vía correspondiente en la “interna” de la sociedad. Esto es, plantear ante la asamblea de accionistas la remoción del directorio y que sea la propia sociedad la que accione contra el directorio saliente.

Como es sabido los directores de una sociedad responden por los daños ocasionados a la sociedad, si hubieran actuado ilegítimamente, en abuso de sus facultades, con dolo o culpa grave. Sin embargo, dicha acción debe ejercerla la propia sociedad contra sus directores. En el caso de referencia el actor promovió una acción individual sin agotar antes las instancias internas que le habilitaran para promover dicho accionamiento.

Una vez más es importante recorrer los pasos previos, caso contrario, la suerte del reclamo se encuentra en serio riesgo, porque no por madrugar se amanece más temprano.