El próximo 30 de Junio
vence el plazo de que disponen los asesores de inversión para presentar al
Banco Central del Uruguay (“el BCU”) una declaración jurada en el sentido de
que las actividades que despliegan se encuentran incluidas o se corresponden
con el marco de la licencia de que gozan.
Esta exigencia va de la mano de la reglamentación del BCU del pasado mes de
enero que creara la figura de los llamados gestores de portafolios.
A los efectos de deslindar el espectro de actuación del asesor de inversiones
-y asegurarse de que la actividad de estos no “invada” la esfera de actuación
reservada a los gestores-, la reglamentación antedicha obligó a estos a cesar
en la realización de actividades que no se ajusten a su licencia. La
misma reglamentación impuso a los asesores la obligación de presentar -no
más allá del 30 junio 2019- una declaración jurada en el sentido de que
la actividad que se encuentran desarrollando se ajusta a los límites propios de
su licencia.
Si éste no fuere el caso, los asesores de inversión deberán solicitar al BCU la
autorización correspondiente para adquirir la calidad de gestores de
portafolios.