Todo lo que tiene que ver con la prevención del lavado de activos ha pasado a ser parte inseparable de nuestro ejercicio profesional.
El proyecto de ley de Rendición de Cuentas –a estudio del Parlamento (“el Proyecto”)– amplía las facultades de fiscalización de la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo (“la Secretaría”).
Hasta ahora las facultades de fiscalización de ésta quedaban circunscriptas a un sector acotado de personas y organizaciones: casinos, inmobiliarias, zonas francas, escribanos, rematadores, casas de antigüedades y administradores de sociedades comerciales. El Proyecto extiende las facultades de control de la Secretaría a “todos aquellos sujetos que hayan tenido participación, directa o indirecta, en la transacción o negocio que se esté fiscalizando o investigando”.
El alcance de la extensión es casi impredecible: pues la vinculación indirecta en la cadena de participantes en cualquier negocio o transacción puede ser infinita.
En síntesis: al amparo del Proyecto, todos pueden ser objeto de inspecciones por parte de la Secretaría.
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La presente comunicación tiene carácter puramente informativo. No puede ni debe ser entendida como un consejo legal de esta firma.
Si necesitare cualquier información adicional, no vacile en contactar a la Esc. Soledad Cappetta (scappetta@bergsteinlaw.com) y/o a la Esc. Ana Claudia Marrero (amarrero@bergsteinlaw.com).