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Contratación de Personas con Discapacidad – Ley No. 19.691

La Ley No. 19.691 (“la
Ley”) entró en vigencia en noviembre 2018 con el objetivo de promocionar la
inclusión laboral de las personas con discapacidad. Uno de los mecanismos
establecidos fue que en todo nuevo ingreso de personal las empresas que
contaran con 25 o más trabajadores permanentes en planilla debieran emplear a
personas con discapacidad con las condiciones e idoneidad necesarias para el
cargo, de acuerdo a los porcentajes establecidos por la Ley y su Decreto
Reglamentario (“el Porcentaje”). El Porcentaje aplica sobre la totalidad de trabajadores
permanentes de la empresa.

A partir del 18 de
noviembre de 2021, este Porcentaje es del 4% para todas las empresas con 25 o
más trabajadores permanentes en planilla (durante los primeros 3 años de
vigencia de la Ley se había diferenciado el Porcentaje según el número de
empleados de las empresas).

En cada convocatoria
para ingreso de personal en que corresponda dar cumplimiento al Porcentaje reseñado
la empresa deberá difundir adecuadamente que el llamado comprende a personas
con discapacidad y el número mínimo de puestos que se prevé cubrir. Las empresas
podrán solicitar a los organismos competentes que les suministren datos de
posibles postulantes a los puestos de trabajo.