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EL GAFI: ¿Quién Es?

El pasado mes de noviembre el GAFI actualizó su lista gris de jurisdicciones para agregar a ella a Argelia, Angola, Costa de Marfil y Líbano. Hoy son 25 las jurisdicciones que la integran. La lista negra en cambio, se ha mantenido incambiada, estando compuesta por Irán, Corea del Norte y Burma.

La ocasión es propicia para repasar algunos conceptos generales. Concretamente, ¿qué es el GAFI?

GAFI responde a la sigla Grupo de Acción Financiera (en inglés Financial Action Task Force – “FATF”). Se trata de un organismo inter-gubernamental que surgió en 1989 del G-7 (EEUU, Reino Unido, Alemania, Italia, Francia, Japón y Canadá), con el objetivo de establecer los estándares internacionales (best practices) en materia de prevención de lavado de activos, combate contra el financiamiento del terrorismo y combate contra la financiación de mecanismos de proliferación de armas de destrucción masiva (en inglés Anti-Money Laundering – “AML”). Para fijar esos estándares, el GAFI expide sus famosas recomendaciones -hoy ya son más de 40-, con las pautas que los países deben observar en la materia.

Vale decir que las instituciones financieras deben adoptar las recomendaciones y medidas de debida diligencia a la hora de lidiar ya sea con personas de países incluidos en las listas, ya sea con fondos procedentes de cualquiera de ellos.

Cuando la actuación de la institución financiera involucre a personas (domiciliadas en) o fondos procedentes de alguna de las tres jurisdicciones incluidas en la lista negra, las instituciones financieras están sujetas a un nivel de obligaciones más riguroso en lo que tiene que ver con el escrutinio de las transacciones y sus beneficiarios. Así por ejemplo, en el caso de Irán y Corea del Norte, las instituciones tienen prohibido mantener relaciones de corresponsalía con personas de estos países.

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La presente comunicación tiene carácter puramente informativo. No puede ni debe ser entendida como un consejo legal de esta firma. Bergstein cuenta con un equipo de especialistas que puede ser contactado para asistirlo en esta materia. Por cualquier consulta en relación al presente material, sírvase dirigirse al Dr. Juan Ignacio Tournier (jtournier@bergsteinlaw.com) y/o Dr. Jonás Bergstein (jbergstein@bergsteinlaw.com).