Tal como meses atrás informáramos desde este mismo Newsletter, el próximo 13 marzo de 2016 se llevará a cabo la elección de los representantes de los tres sectores sociales reflejados en el Directorio de Banco de Previsión Social (“BPS”): activos, pasivos y empresas contribuyentes.
Además de los jubilados, pensionistas y trabajadores dependientes (públicos y privados), también están obligadas a votar en esta elección las empresas contribuyentes inscriptas como tales en el BPS, siempre que se encuentren al día en el pago de sus obligaciones corrientes y en el de las facilidades concedidas (allí donde éste último se hubiere concedido). A tales efectos, las empresas pueden apoderar a cualquier persona mayor de edad, a través de una simple carta poder o documento privado.
El voto es obligatorio y su omisión tipifica una infracción que da lugar a una sanción de multa, que deberá fijarse caso a caso y que oscilará entre 6 UR y 100 UR, según la cantidad de trabajadores dependientes que posea la empresa. En el caso de los empleados y jubilados, la multa es de 1 UR.
Al igual que en las elecciones nacionales, están exentas de la obligación de voto las personas mayores de 75 años.
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La presente comunicación tiene carácter puramente informativo. No puede ni debe ser entendida como un consejo legal de esta firma.
Si necesitare cualquier información adicional, no vacile en contactar al Cr. Sebastián Guido (sguido@bergsteinlaw.com) y/o a la Cra. Verónica Dos Santos (vdossantos@bergsteinlaw.com).