Un reciente decreto del Poder Ejecutivo estableció que
dichos beneficios, previstos en un decreto anterior (del año 2016), serán
aplicables incluso sobre las inversiones realizadas en el corriente año
2020.
El 18 de abril de 2016, el Poder Ejecutivo aprobó un decreto
(el N° 110/2016) con la finalidad de promover las actividades de construcción,
ampliación y explotación de estacionamientos en determinadas zonas de Montevideo.
Ello en respuesta a la significativa tendencia en aumento de la cantidad de
vehículos en circulación en dicha ciudad.
El referido decreto otorgaba varios beneficios tributarios
en favor de las empresas involucradas en dichas actividades, incluyendo: (i) exoneración
de impuestos a la importación, (ii) crédito por el IVA (Impuesto al Valor
Agregado) incluido en compras locales, (iii) exoneración de IRAE (Impuesto a
las Rentas de las Actividades Económicas) hasta el monto equivalente a un 20 o
30% de la inversión, y (iv) exoneración de Impuesto al Patrimonio sobre bienes
muebles y obras civiles realizadas en bienes inmuebles.
Originalmente, dichos beneficios aplicaban en favor de
aquellas inversiones realizadas antes del 1° de enero de 2020. Posteriormente,
el Poder Ejecutivo –por Decreto N° 21/2019– extendió su vigencia hasta el 31
de diciembre de 2020. Ahora, el mismo Poder Ejecutivo (mediante el Decreto Nº
104/2021, del 6 de abril de 2021) aprobó una nueva extensión: estarán amparadas
en los beneficios antes mencionados, todas aquellas inversiones efectivamente
realizadas antes del 1° de enero de 2022.
Finalmente, el mismo decreto –recientemente
aprobado– también prevé la posibilidad de ampliar la inversión promovida en
hasta un 30%.