El lector
lo habrá escuchado más de una vez: se dice que en la Administración Pública
quienes acceden a los mejores cargos no necesariamente son los más dotados,
sino los que tienen los mejores contactos. Cualquiera sea la realidad, lo
cierto es que es en las sentencias de nuestros tribunales donde muchas veces
salen los trapitos al sol.
En el caso que hoy nos convoca, una profesora (“la Profesora”) se postuló para
la renovación de un cargo docente en el Instituto del Niño y del Adolescente
(”el INAU”) en el cual se venía desempeñando desde hacía un año. La
Profesora, actora en el juicio, adujo que en un lapso muy corto fue sometida a
11 calificaciones diferentes, todas ellas correspondientes al mismo período; en
cada una de ellas, mereció una calificación diversa, pero en todos los casos
decreciente. En opinión de la Profesora, esas calificaciones no
reflejaban su real desempeño, sino que obedecían a un afán persecutorio de su
superior directa: en el concurso previo, la Profesora había obtenido una mejor
calificación que la nuera de la directora. Circunstancia ésta que derivó
-siempre en opinión de la Profesora- en una franca animosidad en su
contra, que sistemáticamente se tradujo en calificaciones e informes negativos
y que fundamentalmente se tradujo en la no renovación de su contrato.
El asunto llegó al Tribunal de lo Contencioso Administrativo (“el TCA”), que le
dio la razón a la Profesora. En opinión del TCA, las actuaciones en
virtud de las cuales se calificó a la Profesora fueron claramente irregulares.
La no renovación del contrato de ésta se realizó de manera flagrantemente
irregular, plagada de desprolijidades que dejaron perplejos a los propios
asesores letrados de la Administración. Todo ello en aras de justificar
una decisión que había sido tomada de antemano: no renovar el contrato a la
Profesora. Dijo el TCA: “lo
único que importaba era que el puntaje coincidiera con el exigido por la
reglamentación para que no se le renovara a la actora su contrato”.
Tomando en cuenta las declaraciones de los compañeros de la Profesora -todas
positivas-, el buen resultado del concurso previo, y el escaso tiempo
transcurrido entre éste y la multiplicidad de calificaciones que fueron descendiendo
sin aclaraciones, el Tribunal concluyó que había una pluralidad de indicios que
ratificaron un obrar ilícito de la Administración.
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puramente informativo. No puede ni debe ser entendida como un consejo legal de
esta firma. Bergstein cuenta con un equipo de especialistas que puede ser
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