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Newsletter Corporativo – Beneficiarios Finales: Reducción de Multas por Incumplimientos en su Identificación ante el BCU

El
13 Octubre 2020 el Poder Ejecutivo dictó un Decreto  con el objeto de
reducir las multas aplicables por infracciones a la obligación de las entidades
de identificar a sus beneficiarios finales (el “Decreto”).

El Decreto reduce en un 50% el monto de las multas previstas como consecuencia
de una incorrecta identificación y registro ante el Banco Central del Uruguay
(el «BCU»), ya sea de titulares de participaciones patrimoniales, beneficiarios
finales o integrantes de la cadena accionaria.

Para ampararse en el beneficio del Decreto, se deben cumplir con las siguientes
condiciones acumulativas: 

•   El incumplimiento que ocasionó la multa debe ser anterior al
22 Octubre 2020;
•   Las entidades omisas deben subsanar las omisiones antes del 31
Diciembre 2020; y 
•  El pago de la multa reducida -50% de la multa
correspondiente- o la suscripción de un convenio de pago deben tener lugar antes del 31 Diciembre 2020. (El convenio requiere de un pago inicial del
20% de la multa; es el remanente el que podrá financiarse hasta en 36 cuotas).

Creemos que, en la medida en que el Decreto mitiga el impacto de las multas,
tiene la virtud de incentivar a las entidades involucradas a ponerse al día y
regularizar su situación en un tema particularmente sensible. 
  
                     
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La
presente comunicación se realiza a mero título informativo y no debe ser
entendida como un consejo legal de esta firma.  Por cualquier consulta
adicional no vacile en contactar a Santiago Di Bello (sdibello@bergsteinlaw.com) y/o Guillermo Duarte
(gduarte@bergsteinlaw.com).