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Newsletter Tributario – Franquicia Fiscal en Uruguay: Salió el Decreto Reglamentario de su Ampliación (17 Mayo 2021)

Nuestros lectores recordarán
que una ley de fines del año pasado había extendido (hasta el plazo máximo de
10 años) la franquicia fiscal a quienes ya hubieran hecho uso de esa opción al
amparo del régimen anterior.  El Poder Ejecutivo acaba de reglamentar esa
ampliación.

Quienes obtuvieron la residencia fiscal en 2019 o antes y se hubieran acogido
al régimen de franquicia fiscal anterior al instaurado en 2020 –el denominado
“5+1”–, podrán ahora extender en el tiempo la exoneración que tienen –o
tuvieron– sobre sus rentas financieras del exterior (la “Franquicia”). La
extensión de la Franquicia comenzará a contar desde el año (2021) en curso, y
su plazo de vigencia variará en función del año en que la persona obtuvo la
residencia fiscal en Uruguay. Todo ello según surge del siguiente cuadro:

Año de obtención de la residencia fiscal

Plazo de vigencia de la extensión de la Franquicia

Ultimo año comprendido dentro de la extensión de la
Franquicia

2019

8 años

2028

2018

7 años

2027

2017

6 años

2026

2016

5 años

2025

2015 o antes

4 años

2024

 

A efectos de acceder a la extensión, el contribuyente deberá
presentar –ante la Dirección General Impositiva (DGI)– una declaración jurada
expresando su interés en beneficiarse de ella. Además, y a efectos de mantener
el beneficio, anualmente el contribuyente deberá presentar a la misma DGI una
declaración jurada en la que conste que: (i) desde el 22 de enero de 2021
(fecha de entrada en vigencia de la ley que estableció el beneficio) o una
fecha posterior, posee una inversión inmobiliaria en Uruguay por un valor
superior a (aproximadamente) USD 390.000, y (ii) registró una presencia física
anual en territorio uruguayo de –como mínimo– 60 días.


                                                       __________________ 
 
                 
                   
         
 

La presente
comunicación se realiza a mero título informativo y no debe ser entendida como
un consejo legal de esta firma. 

Por cualquier consulta adicional no vacile en
contactar a Guzmán Ramírez (gramirez@bergsteinlaw.com) y/o Domingo Pereira
(dpereira@bergsteinlaw.com).