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Newsletter Tributario – Residencia Fiscal: Se implementa la Extensión de la Franquicia Fiscal a 11 Años

Faltaban
cuatro (4) horas para que comenzara el 2021 y la Dirección General Impositiva
(DGI) puso a disposición –en su sitio web– el formulario necesario para optar
entre la franquicia fiscal de once (11) años o la reducción de la alícuota de
IRPF (de 12 a 7%). Ambos beneficios fueron previstos para quienes hayan
trasladado o trasladen su residencia fiscal a Uruguay a partir del año 2020.

La persona interesada en ejercer la referida opción, deberá presentar dicho
formulario ante el Registro Único Tributario (RUT) de la DGI. Además de
informar ciertos datos básicos (como por ejemplo: domicilio, teléfono, correo
electrónico, etc.), comunicará a la DGI su decisión de ampararse en alguno de
los beneficios antes mencionados.

Hay un aspecto singularmente novedoso: también deberán presentar el
 formulario arriba relacionado aquellas personas que, habiendo trasladado
su residencia fiscal a Uruguay antes del año 2020, estén aún comprendidas en la
franquicia fiscal de seis (6) años (o sea: el año del cambio de residencia, y
los 5 posteriores). Dichas personas deberán presentar el mismo formulario, aun
cuando en su momento ya hubiesen comunicado a la DGI su decisión de ampararse
en el tax holiday.

El plazo para la presentación del formulario en DGI -tanto para unos como para
otros- vence el 30 de junio de 2021.

                 
                     
        ______________________

La presente comunicación tiene carácter
puramente informativo. No puede ni debe ser entendida como un consejo legal de
esta firma.

Si necesitare cualquier información adicional, no vacile en contactar a Guzmán
Ramírez (gramirez@bergsteinlaw.com)
y/o a Domingo Pereira (dpereira@bergsteinlaw.com).