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Rentas de Fuente Extranjera – Vencimiento Inminente

Es sabido que a partir del 1 Enero 2011 Uruguay comenzó a gravar -a través del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (“IRPF”)- las rentas de fuente extranjera procedentes de capital mobiliario, especialmente intereses, dividendos y cupones (en adelante conjunta y colectivamente “las Rentas”). La tasa aplicable es del 12%.

Según se recordará, a los efectos del pago del IRPF sobre las referidas Rentas, la ley uruguaya confirió al residente fiscal uruguayo -contribuyente del IRPF- la opción de preservar su anonimato, tal como se explica a continuación.

Para aquellos casos en que la persona física percibiere las Rentas a través de un vehículo sujeto a una imposición efectiva (en su jurisdicción) inferior al 12%, la ley uruguaya designa al referido vehículo o entidad (extranjera) -ya sea una sociedad, fideicomiso, fundación, etc. (en adelante “la Entidad”)- como responsable (en calidad de agente de retención) del pago del IRPF. Esa designación opera en el caso que la Entidad designe en el Uruguay un representante (persona física o jurídica) residente en el país (“el Representante). De manera tal que, en los casos que se viene de señalar, el contribuyente mantiene el anonimato: porque no se identifica a la hora de presentar la declaración jurada y pagar el IRPF sobre las Rentas. Sino que quien se identifica es únicamente la Entidad y su Representante.

En ese marco, el próximo mes de Mayo vencen los plazos para la presentación de la declaración jurada y respectivo pago del IRPF en aquellos casos en que el contribuyente hubiere optado por el esquema antedicho, esto es, tributar a través de una Entidad (y su representante). Esos plazos se indican a continuación:

Los dígitos precedentes corresponden a la última cifra del número de RUT de la entidad o de la cédula de identidad del Representante.
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La presente comunicación tiene carácter puramente informativo. No puede ni debe ser entendida como un consejo legal de esta firma.

Si necesitare cualquier información adicional, no vacile en contactar a los Cres. Verónica Dos Santos (vdossantos@bergsteinlaw.com) y/o Sebastián Guido (sguido@bergsteinlaw.com).