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UBER: la primera sentencia laboral en Uruguay

En noviembre pasado un juzgado laboral dictó una sentencia
condenando a UBER a pagar a un conductor de la aplicación rubros laborales por
entender que el vínculo entre ellos se trataba de una relación de trabajo
encubierta.

 

La juez entendió que la actividad principal de UBER es prestar
servicios de transporte y que la empresa ejercía sobre el reclamante su poder
de dirección, organización y sancionatorio (propios de un empleador).

 

La sentenciante consideró que el hecho de impartir órdenes por
correos electrónicos, tener protocolos relativos a las condiciones de higiene
del vehículo y de la forma de cómo deben tratar a los usuarios, son indicios de
una relación de trabajo subordinado. En particular, la juez consideró que la
desactivación de los choferes conductores de la plataforma es exclusiva de un
empleador.

 

En suma: la juez entendió que entre el chofer reclamante y UBER
hay una relación de trabajo subordinada, razón por la cual condenó a la empresa
a pagarle todos los rubros laborales desde el inicio de la relación y durante
todo el tiempo que dure el vínculo.

 

Naturalmente, la empresa apeló la sentencia y actualmente el
expediente se encuentra en un Tribunal de Apelaciones de Trabajo.