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Un Adán y Dos Evas: El Amiguismo en la Función Pública

El título alude a una de
las actuaciones más recordadas de Marilyn Monroe, una Eva y Dos Adanes, una
producción de Hollywood de 1959. Sólo que aquí, el polígamo no es Eva,
sino Adán. 
 
Tras 30 años de matrimonio, falleció el hombre de la pareja. Su viuda
comenzó a percibir una pensión por viudez.  Años más tarde, una señora se
presentó ante el BPS aduciendo ser la concubina del difunto. El
BPS -aparentemente impulsado por relaciones personales que vinculaban a la
presunta concubina con funcionarios de la organización
recaudadora- declaró la existencia de una unión concubinaria y tras cartón
comenzó a abonar a aquella una parte de la pensión. La viuda tomó conocimiento
de tal extremo recién al momento de recibir la liquidación y constatar que
había cobrado la mitad de lo que venía cobrando hasta entonces. Todo lo
cual llevó a la viuda -casi de inmediato- a atacar la resolución (que
había fijado la pensión de la supuesta concubina) fundamentalmente por dos
razones: (i) no se le había dado noticia de las actuaciones y (ii) la
resolución del BPS había sido “movida” por el amiguismo entre funcionarios del
BPS y la declarada concubina.
 
El Tribunal (“TCA”) le dio la razón a la viuda. El TCA hizo hincapié en el
silencio del BPS luego que se le imputara una acusación tan grave como su
parcialidad. Dijo el Tribunal que el BPS no sólo no controvirtió
categóricamente la acusación, sino que deliberadamente pretendió ocultar
información relevante.  En efecto, el BPS se había negado a agregar la
prueba documental que la viuda solicitaba para probar el proceder del BPS
(contrario a Derecho). 
 
En suma: el TCA sentenció que las marchas y contramarchas del expediente
administrativo no fueron más que actos tendientes a encubrir un único e
ilegitimo designio, fundado en el “amiguismo” entre la declarada concubina y
funcionarios del BPS.