Días
pasados, la Dirección General Impositiva dio a conocer las últimas
modificaciones introducidas por esa Administración en el texto del formulario
de solicitud del certificado de residencia fiscal (y también en el
Instructivo correspondiente).
Las innovaciones en el formulario involucran una serie de detalles que es
menester tomar en cuenta a la hora de completarlo. Y fundamentalmente indican
ciertas pautas en cuanto a la manera en que debe probarse la residencia fiscal
en Uruguay.
Muy especialmente, las innovaciones establecen las pruebas que el interesado
debe agregar a efectos de hacer valer los denominados “intereses
vitales”. Es decir, los vínculos que mantiene en el Uruguay para
demostrar que ha trasladado (a este último país) su centro vital de
intereses.
En esa línea, las innovaciones enumeran los siguientes documentos para probar
el nexo del contribuyente con el Uruguay: constancia de cobertura médica,
constancia de su calidad de socio en clubes deportivos, estados de cuenta
bancarios con gastos en el Uruguay, estudios académicos, estudios y/o gastos
médicos, constancia de trabajo en el país, contrato de alquiler como
arrendatario o constancia de propiedad del inmueble de residencia y gastos
asociados a su nombre (servicio de cable, UTE, OSE, ANTEL, etc.
Las modificaciones antedichas entraron en vigencia el pasado 1º de
Diciembre.