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¿Un Nuevo Einstein? Régimen Especial de Importación Libre de Impuestos para el Desarrollo Científico

La Ley de Presupuesto del año pasado había creado un régimen especial de importación destinado a facilitar el acceso a aquellos insumos, máquinas y equipamiento que tuvieran por objeto el desarrollo de conocimiento científico orientado a mejorar la salud humana, animal o ambiental. Un decreto del Poder Ejecutivo dado a conocer en estos días, ha puesto en práctica ese régimen especial en los términos que siguen (el Decreto):

1 – El Decreto establece un beneficio de primer orden: en adelante, las importaciones objeto de este régimen especial – que son las arriba mencionadas- estarán exentas de todo tributo y para-tributo, incluidos el IVA (Impuesto al Valor Agregado) y el IMESI (Impuesto Específico Interno).

2 – Para materializar tamaña exoneración, el Decreto comete a la Dirección Nacional de Aduanas (la DNA) la implementación de un despacho aduanero simplificado – a ser instrumentado por medios electrónicos – en un plazo de 90 días. He aquí una pieza fundamental de régimen, pues sin este despacho el sistema difícilmente pueda tener las bondades que de él se espera.

3 – El Decreto contempla un tope de USD 1.000.000 como monto máximo para hacer uso de los beneficios del régimen, por importador y por año calendario. Alcanzado ese límite, los beneficios del régimen quedan sin efecto para lo que restare del respectivo ejercicio.

4 – En sintonía con el espíritu de fomento y promoción científica que anima el régimen, el Decreto coloca a la Agencia Nacional de Investigación en Innovación (ANII) en el centro del sistema. Es ésta la que deberá llevar el registro de entidades amparadas en el régimen, y en su virtud comunicar a la DNA la nómina de habilitados, suspendidos y dados de baja.

5 – Para acceder el régimen, los interesados deberán (entre otros) acreditar su calidad de micro, pequeña o mediana empresa con giro científico-tecnológico, y estar incluidos en la nómina de ANII arriba reseñada.

En suma: una valiosa herramienta que combina incentivos fiscales con mecanismos de simplificación administrativa en aras de promover el desarrollo científico del país. Enhorabuena.

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La presente comunicación tiene carácter puramente informativo. No puede ni debe ser entendida como un consejo legal de esta firma. Bergstein cuenta con un equipo de especialistas que puede ser contactado para asistirlo en esta materia. Por cualquier consulta en relación al presente material, sírvase dirigirse al Dr. Daniel Mosco (dmosco@bergsteinlaw.com) y/o al Dr. Guzmán Ramírez (gramirez@bergsteinlaw.com)