Mediante el Decreto Nº 254/2022, el Poder Ejecutivo dispuso la exoneración
de aportes jubilatorios patronales a la seguridad social en favor de: (i) las
agencias de viaje, y (ii) las empresas dedicadas al transporte terrestre de
grupos turísticos y excursiones. La exoneración
aplicaría solo para el año 2022.
Según el Comunicado Nº 19/2022 del Banco de Previsión Social (BPS),
aquellas empresas cuya única actividad sea la de agencia de viajes, no tendrán
que realizar ninguna gestión ante dicho organismo para beneficiarse de la
exoneración. El crédito correspondiente a los aportes pagados en el período
comprendido entre enero y julio de 2022, podrán utilizado inmediatamente para el
pago de las obligaciones que venzan a partir de setiembre.
Entre tanto, aquellas empresas con giro de agencia de viajes que, además,
desarrollen otras actividades, así como aquellas cuyo giro sea el de transporte
terrestre de turistas y excursiones, deberán solicitar la exoneración de
aportes jubilatorios patronales ante el BPS. Cuando reciban la confirmación de
que la exoneración ha sido otorgada, las mismas empresas deberán rectificar las
nóminas presentadas por los meses transcurridos. Luego de validadas las
rectificativas, deberán asimismo informarlo por correo electrónico, de manera
de generar el crédito correspondiente.
En la medida que las empresas sean notificadas del
otorgamiento de la exoneración y hasta el mes de diciembre de 2022, deberán
declarar a los trabajadores afectados a la actividad beneficiada con el correspondiente
código de exoneración.