El lector recordará que las personas que se acogieron a la franquicia fiscal original (esto es: la exoneración de impuesto sobre las rentas financieras del exterior por un plazo de 6 años), tienen la opción de extenderla por un plazo de 4 años más (la “Opción”).
Para ello el interesado debe: (i) haber adquirido luego del 21 de enero de 2021 (y mantener en su patrimonio) uno o varios bienes inmuebles localizados en territorio uruguayo por un valor superior a UI 3.500.000 (aproximadamente, USD 500.000); y (ii) permanecer en Uruguay al menos 60 días durante cada uno de los 4 años en que se extienda la franquicia.
Si bien el ejercicio de la Opción se materializa mediante la presentación –por una única vez– de un formulario, los beneficiarios de la misma deben acreditar año a año el cumplimiento de dichos requisitos, aun cuando en ese ejercicio no hubieran recibido beneficios comprendidos en la franquicia.
El plazo para acreditar tales extremos correspondientes al ejercicio 2024 vence el próximo 31 de enero. Así que, antes de esa fecha, quienes al día de hoy gocen del «Tax Holiday» deben presentar –ante DGI– la correspondiente documentación para demostrar que, durante el año 2024, cumplieron los requisitos identificados en (i) y (ii).
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La presente comunicación tiene carácter puramente informativo. No puede ni debe ser entendida como un consejo legal de esta firma. Bergstein cuenta con un equipo de especialistas que puede ser contactado para asistirlo en esta materia. Por cualquier consulta en relación al presente material, sírvase dirigirse a el Dr. Guzmán Ramírez (gramirez@