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Resolución del BPS infringe el principio de búsqueda de la verdad material

Así surge de la
Sentencia Nº 76/2023 del Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA), pues
el Banco de Previsión Social (BPS) había liquidado una deuda (por concepto de
aportes impagos) después de recabar el testimonio de los trabajadores sin la
presencia de la empresa.

La empresa supuestamente
deudora (la “Empresa”) había sido denunciada por un trabajador despedido por
notoria mala conducta. Según dicha denuncia, la Empresa declaraba en BPS salarios
inferiores a los efectivamente cobrados por sus trabajadores y, en
consecuencia, pagaba aportes a la seguridad social también inferiores a los
efectivamente generados como resultado de su actividad. 

Entonces, el BPS
determinó una deuda de aportes, más multas y recargos, por un monto total de
UYU 5.500.000.

El TCA anuló la
resolución del BPS, por considerar que el organismo recaudador había incumplido
su obligación de buscar la verdad material de los hechos. Ello porque los testimonios
de los demás trabajadores habían sido recabados (vía telefónica por los
inspectores del BPS) sin la participación de ningún representante de la
Empresa. El Tribunal también entendió que la circunstancia de que la Empresa hubiese
firmado una transacción (por sueldos impagos) con el denunciante, no resulta
suficiente para tomarla como referencia a los efectos del cálculo de los
aportes de seguridad social impagos, “…ya
que ese acuerdo laboral indica una suma global e impide acreditar
fehacientemente las diferencias de salarios denunciadas…”

En definitiva, el TCA concluyó que “…las declaraciones de los trabajadores que
fueron obtenidas por vía telefónica y con la sola presencia y firma de la
inspectora actuante, no otorgan a la contribuyente las mínimas garantías
jurídicas en cuanto a su origen y fidelidad, afectando su derecho de defensa…
En su mérito, dichas declaraciones no pueden ser consideradas a los efectos de
probar la sub-declaración. De manera que… no existen elementos de convicción
suficiente que permitan acreditar que la empresa abonase más de lo que figura
en los recibos aportados. …En definitiva, se advierte que la Administración
incurrió en carencias respecto al cúmulo probatorio que fundara su decisión,
afectándose el principio de la verdad material…